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Corte Suprema

POUSA LIDIA c/ ANSES s/S/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones reclamaron la devolución en efectivo de los descuentos realizados por la ley de déficit cero 25.453 y la validez del decreto 1819/2002. La Corte Suprema declaró inoficioso pronunciarse sobre el reintegro en efectivo y dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del decreto 1819/2002, por remisión a precedentes análogos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 72. XLI. RHE
Ley 25.453 Deficit cero Decreto 1819/2002 Devolucion de deducciones previsionales Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Haberes jubilatorios Anses Remision a precedentes Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Lidia Pousa y otros recurrentes, beneficiarios del sistema previsional, agrupados en múltiples causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

ANSES y, en otros expedientes, el Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

devolución en efectivo de los montos retenidos por aplicación de la ley 25.453 (déficit cero) y cuestionamiento de la validez constitucional del decreto 1819/2002.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró inoficioso pronunciarse sobre el reintegro en efectivo de las deducciones y declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios, dejando sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del decreto 1819/2002. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal sostuvo que "los planteos de los recurrentes relacionados con la devolución en efectivo de los montos retenidos por aplicación de la ley de déficit cero -25.453- y la validez constitucional del decreto 1819/2002, remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en las causas: V.185.XLI. 'Vignolo, Ana Beatriz c/ ANSeS' y P.433.XL. 'Paniagua, Eulogio c/ Estado Nacional B Ministerio de Defensa B Armada Argentina s/ amparos y sumarísimos', sentencias de fecha 7 de noviembre de 2006 y 6 de marzo de 2007, respectivamente, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad." La decisión final se apoya en esa remisión, sin desarrollo argumental propio en el texto.

Normas que cita

  • Ley 25.453Impuestos- ley de equilibrio fiscal (deficit cero)
  • Decreto 1819

Fallos que cita

  • Vignolo, Ana Beatriz c/ ANSeSCSJN · 07/11/2006
  • Paniagua, Eulogio c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Armada ArgentinaCSJN · 06/03/2007

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