LAICHTER ZELMAN WOLF c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJADORES AUTONOMOS s/PENSIONES
Zelman Wolf Laichter reclamó a la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos por su haber previsional. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo fallo por remisión a los precedentes Feyte y Cabrera.
¿Quién es el actor?
Zelman Wolf Laichter.
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo previsional contra la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos (la pretensión concreta no surge del texto transcripto).
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. La decisión se fundó en que la cuestión es sustancialmente análoga a la resuelta en "Feyte" (22/06/1995) y "Cabrera" (07/07/1998), a cuyas consideraciones se remitió "en razón de brevedad".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Que la cuestión planteada en autos es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa F.496.XXVIII 'Feyte, Francisco Anselmo c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' con fecha 22 de junio de 1995 y C.413.XXXII 'Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos' con fecha 7 de julio de 1998, a cuyas consideraciones cabe remitirse en razón de brevedad."
No hay votos individuales ni disidencias: el pronunciamiento es unánime y se expide como resolución por remisión.
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Fallos que cita
- Feyte, Francisco Anselmo c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 22/06/1995
- Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 07/07/1998
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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