SCHENFELD LUISA MAGDALENA Y OTROS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Los actores reclamaron el reajuste de sus haberes previsionales frente a la ANSeS. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en cuanto aplicó de manera inadecuada el precedente Bieler de Caraballo, confirmó la tasa de interés fijada en Spitale y modificó el plazo de cumplimiento conforme la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Luisa Magdalena Schenfeld y otros.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, incluyendo el recálculo del haber inicial y la movilidad.
¿Qué se resolvió?
se declararon parcialmente procedentes los recursos ordinarios de ambas partes; se revocó la sentencia apelada en cuanto aplicó de forma inadecuada lo resuelto en "Bieler de Caraballo", con el alcance indicado en los considerandos; se confirmó lo resuelto respecto de los intereses según "Spitale"; y se modificó el plazo de cumplimiento de la sentencia conforme la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Habida cuenta la doctrina fijada por el Tribunal en la causa P.1182.XXXIX. 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 28 de noviembre de 2006, y tomando en consideración que los actores han consentido la aplicación de la quita fijada por el juez de grado y sólo discuten el mayor porcentaje ordenado por el a quo, corresponde revocar la sentencia apelada en cuanto efectuó una inadecuada aplicación de lo resuelto en Fallos 323:4205 ('Bieler de Caraballo')."
Considerando 3°: "Las objeciones de la demandada relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razones de brevedad."
Considerando 4°: "Los planteos del organismo previsional relacionados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractos, pues el art. 23 citado ha sido derogado por la ley 26.153 y el plazo de cumplimiento establecido en la sentencia habrá de ser modificado en virtud de la entrada en vigencia de la última ley mencionada, para adecuarlo al término allí previsto (conf. art. 21)."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/11/2006
- Bieler de CaraballoCSJN · Fallos 323:4205
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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