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Corte Suprema

LOPEZ REGA NORMA BEATRIZ Y OTRO c/ MINISTERIO DEL INTERIOR s/RECURSO EXTRAORDINARIO

Herederas de José López Rega reclamaron el beneficio indemnizatorio de la ley 24.043 alegando que el causante fue puesto a disposición del Poder Ejecutivo por decreto. La Procuración General opinó que corresponde confirmar la sentencia que denegó el beneficio, por no haberse verificado una privación efectiva de la libertad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 159. XXXV. REX
Ley 24.043 Reparacion economica Privacion de la libertad Decreto de puesta a disposicion Exilio Jose lopez rega Fallos 320:1469 Recurso extraordinario Derecho de igualdad Poder ejecutivo.

¿Quién es el actor?

Norma Beatriz López Rega y Josefa Maseda de López, en carácter de herederas de José López Rega.

¿A quién se demanda?

Ministerio del Interior.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Beneficio de reparación económica previsto en el art. 11 de la ley 24.043, respecto de José López Rega, puesto a disposición del Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 1205/76.

¿Qué se resolvió?

La Resolución N° 641/97 del Ministerio del Interior no tuvo por acreditados los requisitos de la ley 24.043. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó esa resolución. La Procuración General dictaminó que corresponde confirmar la sentencia en todo cuanto fue materia de recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el Decreto N° 1205/76 nunca se hizo efectivo, máxime cuando las recurrentes no contradijeron que el causante hubiera abandonado el país el 19 de julio de 1975 en misión oficial a Europa, sin regresar hasta su extradición, ni que el gobierno militar tampoco hubiese intentado detenerlo, ni instado la orden de captura." (sentencia de Cámara, según relata el dictamen)

"...a diferencia de lo que sucede en autos, en el precedente indicado y en otros similares, las personas que reclamaban los beneficios legales habían estado efectivamente privadas de su libertad. Aquí, por el contrario, José López Rega nunca estuvo en esa condición, ni el acto de detención se hizo efectivo, simplemente porque desde mucho tiempo antes del dictado de la medida, aquél, por su propia decisión, se encontraba fuera del país."

"...los supuestos contemplados en los arts. 11 y 2, inc. a) de la ley 24.043, son aquellos en los cuales las personas fueron efectivamente privadas de su libertad..."

Se cita el precedente Fallos: 320:1469 ("Noro"), en el que se sostuvo que "Lo esencial no es la forma que revistió el acto de autoridad... sino la demostración del menoscabo efectivo a la libertad en los diversos grados contemplados por la ley 24.043."

Se distinguen expresamente los casos de exilio forzado (Bufano, Quiroga, Geuna) por existir en ellos una efectiva privación de la libertad, ausente en este caso.

Normas que cita

  • Ley 24.043arts. 1, 2, 11, 31 · Indemnizaciones
  • Decreto 1205
  • Constitución Nacionalarts. 16, 17, 18, 75 inc. 22
  • Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
  • Ley 21.650art. 51

Fallos que cita

  • NoroCSJN · Fallos 320:1469
  • Fallos 318:1707CSJN
  • Fallos 320:52CSJN
  • Fallos 308:647CSJN
  • Bufano, Alfredo Mario c/ Ministerio del InteriorCSJN
  • Quiroga, Rosario Evangelina c/ Ministerio del InteriorCSJN
  • Geuna, Graciela Susana c/ Ministerio del InteriorCSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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