CHEMES JORGE ADOLFO Y DUARTE FIGUEREDO DE CHEMES VICTORIA s/RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY Y NULIDAD
La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución del Superior Tribunal de Justicia de Misiones que concedió un recurso extraordinario federal sin fundamentar su relación con las garantías invocadas, y ordenó devolver los autos para que se dicte una nueva decisión. El fallo tuvo votación unánime.
Actor/Recurrente: Jorge Adolfo Chemes y Victoria Duarte Figueredo de Chemes, representados por el Dr. Gustavo A. Abrazian.
Demandado/Recurrida: Julia C. Chamorro, viuda de Di Natale, patrocinada por el Dr. Norberto Tesy Wernicke. El juicio de origen es una reivindicación (expte. 11/95, Chemes c/ Lucía Da Rosa y Cecilia Chamorro y/o quienes resulten ocupantes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso extraordinario contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Misiones (fs. 1110/1112 vta.), fundado en arbitrariedad.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró la nulidad del auto de concesión del recurso extraordinario, porque el tribunal de origen se limitó a enunciar garantías constitucionales sin analizar circunstanciadamente la apelación federal, ni indicar la relación directa entre las garantías invocadas y el asunto del pleito. Los autos vuelven al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento sobre la concesión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Lo expuesto revela que de modo implícito, pero no por ello menos claro el a quo ha entendido conceder el recurso a la luz de la doctrina de esta Corte sobre arbitrariedad de las sentencias."
"...esto no releva a los órganos judiciales de resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de un caso excepcional, como lo es el de la arbitrariedad (Fallos: 323:1247; 325:2319)."
"...los términos sumamente genéricos del auto de concesión evidencia que el superior tribunal no analizó circunstanciadamente..."
¿Cómo votaron los jueces?
"Como puede advertirse, el superior tribunal de la causa no ha indicado la relación directa entre las garantías que el recurrente dice vulneradas y el asunto objeto del pleito. De tal modo, su pronunciamiento carece de fundamento, condición necesaria a los efectos de abrir jurisdicción extraordinaria de la Corte."
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Normas que cita
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Chemes c/ Da Rosa (CSJN, Fallos 323:1247)CSJN · Fallos 323:1247
- Fallos 325:2319CSJN
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