FERNANDEZ JOSE TOMAS Y OTROS c/ SINDICATO DE ACCIONISTAS DEL PPP DE TELECOM s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los actores reclamaron la resolución del contrato de compraventa de acciones celebrado con el Fondo de Garantía y Recompra, la restitución de los títulos y el pago de daños por dividendos no liquidados. La Procuración General dictaminó que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia, por arbitrariedad al haberse omitido tratar cuestiones oportunamente planteadas.
¿Quién es el actor?
José Tomás Fernández y otros, ex dependientes de Telecom, adheridos al Programa de Propiedad Participada (PPP).
¿A quién se demanda?
Sindicato de Accionistas del PPP de Telecom, y el Fondo de Garantía y Recompra (FGR) en cuanto a la compraventa de acciones.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
resolución del contrato de compraventa de las acciones suscriptas con el FGR (art. 16 decreto 584/93), restitución de las acciones y pago de daños y perjuicios por los dividendos no liquidados.
¿Qué se resolvió?
la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda, sosteniendo que hubo aceptación de la modalidad de pago y aplicación de la doctrina de los actos propios. La Procuración General opina que corresponde descalificar ese fallo y devolver las actuaciones para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la respuesta en tales términos carece -a mi entender- de la pertinente fundamentación. Y es que, en efecto, el planteo concreto de los actores radica en el pedido de resolución del contrato de compraventa de las acciones que suscribieron con el Fondo de Garantía y Recompra..."
"...el a quo equivoca la solución cuando se aferra dogmáticamente a la validez del Acuerdo General (fs. 334, in fine), para más tarde sostener que no se advierten incumplimientos de la demandada..."
"...corresponde descalificar el fallo porque la Alzada ha preterido, sin suministrar fundamentos suficientes, cuestiones oportunamente propuestas y eventualmente conducentes para la adecuada solución del pleito..."
Conclusión del dictamen: "...corresponde declarar procedente el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia impugnada y restituir las actuaciones al tribunal de origen..."
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Normas que cita
- Ley 23.696Reforma del estado
- Decreto 2423/91arts. 1°, inc. d); 2°, inc. c)
- Decreto 584/93art. 16
- Decreto 584/91art. 9°
- Ley 23.969art. 30 · Acuerdos
- CCart. 1204 · Codigo civil
- Constitución Nacionalarts. 5, 14, 16, 17, 18, 28, 31
- Ley 48arts. 14, inc. 3° · Justicia nacional
Fallos que cita
- Fernández, José Tomás y otros c/ Sindicato de Accionistas del PPP de TelecomCSJN · 20/06/2007 · Fallos 313:1427
- Fernández, José Tomás y otros c/ Sindicato de Accionistas del PPP de TelecomCSJN · 20/06/2007 · Fallos 319:2416
- Fernández, José Tomás y otros c/ Sindicato de Accionistas del PPP de TelecomCSJN · 20/06/2007 · Fallos 311:1656
- Fernández, José Tomás y otros c/ Sindicato de Accionistas del PPP de TelecomCSJN · 20/06/2007 · Fallos 317:768
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