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Corte Suprema

NUMANCIA SEGUROS EN GRAL. S.A. s/LIQUIDACION FORZOSA S/ INCIDENTE DE APELACION POR BANCO CIUDAD

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial en el incidente de liquidación forzosa de Numancia Seguros en Gral. S.A. y desestimó el recurso del banco depositario. La mayoría remitió a los fundamentos del precedente E.68.XL Emm SRL c/ Tía S.A., aplicando su doctrina a la cuestión planteada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 94. XLII. REX
Liquidacion forzosa Seguros Recurso extraordinario Incidente de apelacion Banco depositario Doctrina del precedente Costas por su orden Numancia seguros Sucesion ab intestato Medidas cautelares

¿Quién es el actor?

Delegada liquidadora de Numancia Seguros en Gral. S.A. (en liquidación forzosa), que interpone recurso extraordinario.

¿A quién se demanda?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires, entidad depositaria, en el incidente de apelación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestiones vinculadas al trámite de la liquidación forzosa de la aseguradora y a los fondos depositados en el banco.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario de la liquidadora, se revocó la sentencia apelada en los términos del precedente citado y se desestimó el recurso del banco. Costas por su orden en virtud de las particularidades de la relación jurídica (art. 68, segunda parte, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por la delegada liquidadora de Numancia Seguros en General S.A. en el recurso extraordinario obrante a fs. 96/97 son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, el 20 de marzo de 2007, en la causa E.68.XL AEmm SRL c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares@, sentencia a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Que en atención a las conclusiones a las que se llega por aplicación de la doctrina del precedente mencionado, los agravios planteados por el banco depositario en el recurso extraordinario obrante a fs. 84/95, resultan inatendibles."

¿Cómo votaron los jueces?

remite a su voto en S.1401.XLII "Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestato", fallada el 11 de julio de 2007, aplicando "el criterio que expresé en el precedente mencionado".

¿Cómo votaron los jueces?

remite a su disidencia en E.68.XL y propone "confirma la sentencia apelada", declarando igualmente formalmente procedentes los recursos extraordinarios. Esta posición quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Emm SRL c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007
  • Scebba, Dora Lucía s/ sucesión ab intestatoCSJN · 11/07/2007

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