JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ALMEIDA HANSEN JORGE A. Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA- s/AMPARO

Los jueces federales reclamaron las diferencias salariales devengadas tras la sentencia de la Corte que ordenó preservar la intangibilidad de sus remuneraciones hacia el futuro, y la cámara rechazó el planteo por entender que esa preservación era una mera exhortación. La Corte Suprema dejó sin efecto ese pronunciamiento por arbitrario, al considerar que la condena se proyectaba a lo porvenir y que los actores habían fundado concretamente el deterioro salarial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 68. XXXIV. RHE

¿Quién es el actor?

Jorge A. Almeida Hansen y otros (magistrados judiciales).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Educación y Justicia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales derivadas de la actualización de haberes (garantía de intangibilidad del art. 110 de la Constitución Nacional) devengadas desde octubre de 1991 en adelante, en la etapa de ejecución de la sentencia del 28 de marzo de 1990 (Fallos: 313:344).

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la cámara, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...resulta descalificable como acto judicial válido en los términos de la doctrina de esta Corte sobre arbitrariedad de sentencias, por lo que corresponde dejar sin efecto el pronunciamiento impugnado, sin que lo resuelto comporte abrir juicio sobre lo que, en definitiva, deba resolverse con arreglo a derecho."

"...lo decidido por la alzada en la etapa de ejecución de sentencia se aparta del alcance que el pronunciamiento definitivo y firme le había otorgado a la condena. En efecto, la sentencia de este Tribunal del 28 de marzo de 1990 ordenó al Estado Nacional preservar en el futuro a los actores sus retribuciones actualizadas en tanto dispuso que 'tal preservación debe extenderse a lo porvenir, o sea más allá de este pronunciamiento' (considerando 13)."

"...la declaración de que la sentencia puede y debe proyectarse en el futuro constituye una afirmación de mera certeza que, por su índole, no acarrea ejecución, y que sólo puede poner en movimiento los mecanismos jurisdiccionales cuando se pruebe que las remuneraciones sufrieron un deterioro significativo (Fallos: 308:466 y 1932). Sin embargo, el planteo de los actores no se limitó a la mera invocación del pronunciamiento de esta Corte de 1990 sino que en su presentación explicaron en forma concreta y razonada cuál fue el criterio empleado..."

La Corte recordó que resultaría objetable que el actor debiera "realizar posteriores y reiteradas reclamaciones sucesivas a través de otros tantos juicios nuevos, que atentarían contra la certeza del derecho y la economía procesal", bastando "presentarse en este juicio invocando esta sentencia" (Fallos: 314:881).

Se indicó que el tribunal a quo debe examinar el deterioro salarial alegado, salvo que prospere la defensa del demandado sobre la renuncia a percibir diferencias.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 110
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Almeida Hansen, Jorge A. y otros c/ Estado Nacional (sentencia de 28/03/1990)CSJN · 28/03/1990 · Fallos 313:344
  • Fallos 310:428CSJN
  • Fallos 312:1950CSJN
  • Fallos 316:3054CSJN
  • Fallos 316:3131CSJN
  • Fallos 314:881CSJN
  • Fallos 308:466CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.