PESQUERA LEAL S.A. c/ ESTADO NACIONAL - SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA s/MEDIDA CAUTELAR
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario deducido por el Fiscal General contra una medida cautelar innovativa que ordenaba a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca permitir la pesca de un buque de la actora en el marco de la emergencia pesquera. El Tribunal dejó sin efecto la cautela por exceso jurisdiccional, al interferir en la política estatal de preservación de recursos naturales.
¿Quién es el actor?
Pesquera Leal S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
medida cautelar innovativa tendiente a que se permita la actividad pesquera de un buque de la actora, excluyendo langostino y dentro del cupo anual, hasta que se resuelva el recurso administrativo pendiente.
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar al recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata. Las costas se distribuyeron por su orden. Los jueces Fayt, Belluscio y Petracchi estimaron que el recurso era mal concedido (en disidencia).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es doctrina reiterada de este Tribunal que las resoluciones sobre medidas cautelares, sea que las ordenen, modifiquen o levanten, no revisten en principio carácter de sentencias definitivas en los términos que exige el art. 14 de la ley 48 para la procedencia del recurso extraordinario. Sin embargo, tal doctrina cede en los supuestos en que aquéllas causen un agravio que, por su magnitud y circunstancias de hecho, pueda ser de tardía, insuficiente o imposible reparación ulterior."
"...los recaudos de viabilidad de las medidas precautorias deben ser ponderados con especial prudencia cuando la cautela altera el estado de hecho o de derecho existente al momento de su dictado..."
"...la concesión de la medida cautelar constituye una suerte de decisión de mérito sobre cuestiones que no hallarán, en principio, otro espacio para su debate."
"...la resolución recurrida aparece desprovista de suficiente sustento, en tanto concede una medida cautelar con significativo grado de injerencia en las facultades de la autoridad competente..."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 41, 99
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Ley 25.109Emergencia pesquera
- Decreto 189/99
- Resolución 145/2000
- Ley 24.922Regimen federal de pesca
Fallos que cita
- Pesquera Leal S.A. c/ Estado NacionalCSJN · Fallos 315:96
- Pesquera Leal S.A. c/ Estado NacionalCSJN · Fallos 316:1833
- Pesquera Leal S.A. c/ Estado NacionalCSJN · Fallos 320:1633
- Pesquera Leal S.A. c/ Estado NacionalCSJN · Fallos 321:190
- Fallos 315:96CSJN
- Fallos 316:1833CSJN
- Fallos 320:1633CSJN
- Fallos 321:190CSJN
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