BASUALDO MARIA ROSA c/ ANSES s/S/ AVOCACION
Una jubilada promovió reajuste de su haber previsional contra la ANSeS, cuestionando la movilidad aplicada y la tasa de interés. La Corte Suprema declaró desierto el recurso del organismo, revocó parcialmente la sentencia de la Cámara conforme a los precedentes Sánchez y Monzo y confirmó la tasa de interés fijada en Spitale.
¿Quién es el actor?
María Rosa Basualdo (jubilada).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional: determinación del haber inicial, movilidad posterior al 31 de marzo de 1991, tasa pasiva de interés e inconstitucionalidad de los arts. 16, 21 y 23 de la ley 24.463 y de la prohibición de indexar de la ley 25.561.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS por no presentar el memorial exigido por el art. 280 del CPCCN. Hizo parcialmente lugar al recurso de la actora, revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en "Sánchez" y "Monzo", confirmó lo resuelto sobre intereses según "Spitale" y modificó el plazo de cumplimiento conforme al art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la deserción: "no obstante haberse notificado al organismo previsional de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma, por lo que corresponde declarar la deserción del remedio intentado."
Sobre la tasa de interés: "las objeciones de la parte actora relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir."
Sobre la inconstitucionalidad de los arts. 16 y 23 de la ley 24.463: "resulta abstracto el tratamiento de los planteos de inconstitucionalidad de los artículos 16 y 23 de la ley 24.463, pues tales normas han quedado derogadas según lo dispuesto por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última norma citada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."
Sobre haber inicial y movilidad: los agravios "suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa M.675.XLI. 'Monzo, Felipe José c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallo del 15 de agosto de 2006 y en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
Sobre la prohibición de indexar y el art. 21 de la ley 24.463: las impugnaciones "encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por la Corte en la causa L.1770.XXXVIII. 'López, Angélica Antonia c/ ANSeS s/ avocación', sentencia del 6 de febrero pasado."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 19, 21, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Monzo, Felipe José c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
- López, Angélica Antonia c/ ANSeS s/ avocaciónCSJN · 06/02/2007
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