JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ASSAVA S.A. c/ SAAVEDRA STELLA MARIS s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario de la ejecutada y revocó la sentencia que había excluido el régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167 en el caso. Rechazó además los planteos de inconstitucionalidad de esa ley formulados por la ejecutante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 239. XLII. RHE
Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Destino del credito Elegibilidad Fideicomiso Costas Deudor hipotecario

Actor (ejecutante): Assava S.A.

Demandado (ejecutada): Stella Maris Saavedra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un crédito, en la que se discutió la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167.

¿Qué se resolvió?

se revoca la sentencia apelada en cuanto declaró inaplicable el régimen de refinanciación hipotecaria; se ordena al juez de primera instancia fijar un plazo (no mayor a 30 días) para que la deudora manifieste si opta por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167; se rechazan los planteos de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley 26.167 formulados por la actora; costas según lo indicado en la parte resolutiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa G.88.XLII 'Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael', fallada el 3 de julio de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad. La jueza Argibay se remite a su disidencia en la citada causa."

Sobre el planteo de la ejecutante: el mutuo "ha sido declarado elegible por el Banco de la Nación Argentina (agente fiduciario)" y los motivos invocados por la ejecutante respecto del incumplimiento del requisito de destino del crédito "resultan fruto de una reflexión tardía pues no fueron introducidos en oportunidad de cuestionar el régimen de refinanciación hipotecaria que establecía idéntico recaudo (fs. 142/144 y 198/202), además de que resultan extraños al conocimiento de este Tribunal."

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007

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