BELLANI EDGARDO RICARDO Y OTRO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Ministerio de Economía, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo la causa para que se dicte un nuevo fallo conforme al criterio fijado en Falcón. La ministra Argibay votó en disidencia por desestimar la queja.
¿Quién es el actor?
Edgardo Ricardo Bellani y otro.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo contencioso administrativo federal; el fallo no detalla el objeto de fondo, remitiéndose a los fundamentos de la causa "Falcón" (Fallos: 327:3166).
¿Qué se resolvió?
La mayoría hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada, impuso las costas por su orden y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que se dicte nuevo fallo. La disidencia de la Dra. Argibay, en cambio, consideró que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 CPCCN), desestimó la queja y condenó al Ministerio de Economía a integrar el depósito del art. 286 CPCCN, cuyo pago se encontraba diferido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Falcón' (Fallos: 327:3166), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." Costas: "en atención a lo complejo y novedoso de la cuestión de fondo debatida."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- FalcónCSJN · Fallos 327:3166
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