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Corte Suprema

FLOR HECTOR BERTRAND c/ M° DE DEFENSA DE LA NACION (GENDARMERIA NACIONAL) s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario interpuesto por el señor Héctor Bertrand Flor contra la sentencia que interpretó el decreto 2769/93 en el marco de un reclamo de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Sostuvo que dicha interpretación debe confirmarse por remisión a la doctrina de la CSJN en la causa Bovari de Díaz.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 17. XXXVI. REX
Recurso extraordinario Interpretacion de norma federal Decreto 2769/93 Personal militar y civil Fuerzas armadas y de seguridad Arbitrariedad Garantia de defensa en juicio Doctrina bovari de diaz Gendarmeria nacional Dictamen procuracion general

¿Quién es el actor?

Héctor Bertrand Flor.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa de la Nación (Gendarmería Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de personal militar y civil de las FF.AA. y de Seguridad, vinculado a la interpretación del decreto 2769/93.

¿Qué se resolvió?

el Procurador General dictamina que la Corte Suprema declare procedente el recurso extraordinario y confirme la sentencia apelada. No se trata de una resolución del tribunal sino de un dictamen previo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En autos sólo cabe determinar si está en lo cierto cuando controvierte la inteligencia e interpretación que los jueces de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal otorgaron al decreto 2769/93, aspecto éste por el cual sí le fue concedida la apelación."

"Estimo que dicho recurso es formalmente admisible, toda vez que en el caso se halla en juego la interpretación de una norma federal y la decisión final del pleito ha sido adversa al derecho que el apelante fundó en ella. Cabe, además y conforme con la doctrina de Fallos 301:1194 y 307:493, que V. E. atienda los agravios con la amplitud que exige la garantía de la defensa en juicio, dado que ambos aspectos de la apelación -hermenéutica de una norma federal y arbitrariedad- aparecen ... inescindiblemente ligados entre sí."

"Estimo que las consideraciones y pautas hechas valer por el Tribunal al fallar con fecha 4 de marzo del año 2000, la causa B. 474, XXXIV 'Bovari de Díaz, Aída y otros c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa) s/ personal militar y civil de las FF.AA. y de Seguridad', dan cabal respuesta a cada una de las afirmaciones esgrimidas por el apelante en defensa de su postura, y que, por ende, cabe extenderlas al presente caso."

"Opino, en consecuencia, que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia apelada."

Normas que cita

  • Decreto 2769
  • Decreto 838
  • Constitución Nacionalart. 18

Fallos que cita

  • Bovari de Díaz, Aída y otros c/ Estado Nacional (Ministerio de Defensa) s/ personal militar y civil de las FF.AA. y de SeguridadCSJN · 04/03/2000
  • Fallos 301:1194CSJN
  • Fallos 307:493CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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