SCHELLER RAUL ENRIQUE s/S/REC. DE CASACION
La Corte Suprema resolvió el conflicto de competencia entre la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal y el Tribunal Oral Federal N° 2 en la causa Scheller, dejando sin efecto la excusación de tres magistrados y ordenando la radicación definitiva del expediente en la Sala II. El fundamento fue evitar una privación de justicia, dado que la causa llevaba más de cuatro años sin resolverse la validez de un acto dispuesto en 2003.
¿Quién es el actor?
No surge del fragmento aportado (causa de competencia originada en el recurso de casación de Raúl Enrique Scheller).
¿A quién se demanda?
No aplica en los términos de un proceso civil; intervienen la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal y el Tribunal Oral Federal N° 2.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia y excusaciones/recusaciones de magistrados que impedían avanzar en el recurso de casación.
¿Qué se resolvió?
Se dejó sin efecto la excusación de los doctores Pedro David, Gustavo Mitchell y Juan Fégoli (fs. 505/506) y se ordenó la radicación definitiva de la causa en la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, con encomienda de adoptar urgentemente las medidas para decidir las cuestiones pendientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"[...] de conformidad con lo previsto por el art. 24, inc. 7, última parte del decreto-ley 1285/58, la Corte tiene la atribución de decidir sobre el juez competente cuando su intervención sea indispensable para evitar una efectiva privación de justicia [...]" (considerando 3°).
"[...] la situación que se advierte de la lectura del expediente requiere una solución al conflicto que impone el deber de esta Corte de actuar con la mayor celeridad de cualquier modo que estime conducente [...] pues se presenta un caso de gravedad inusitada en la medida en que han transcurrido más de cuatro años y todavía no se ha resuelto en torno a la validez del auto que dispuso la reapertura del trámite de la causa principal." (considerando 4°).
"[...] el Tribunal considera pertinente adoptar una resolución que contemple, por sobre el deber de apartamiento que establecen las leyes para la tutela de la imparcialidad de los magistrados, la necesidad de superar razonablemente situaciones de la naturaleza señalada, a fin de resguardar la garantía constitucional más eminente que está siendo irreparablemente postergada." (considerando 5°).
"[...] en tales condiciones el Tribunal juzga apropiado ordenar la radicación definitiva de la presente causa en la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, pues sus integrantes son los únicos cuyo apartamiento ha quedado resuelto en sentido negativo [...]" (considerando 7°).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Decreto 1285art. 24 inc. 7
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Fallos 261:166CSJN
- Fallos 271:219CSJN
- Fallos 314:697CSJN
- Fallos 325:3547CSJN
- Fallos 326:1512CSJN
- Fallos 318:1765CSJN
- Fallos 321:3322CSJN
- Fallos 324:4135CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.