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Corte Suprema

MORENO DE DASMI NELLY DELIA c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA s/ORDINARIO S/ INCIDENTE DE CASACION

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos por el Gobierno de la Provincia de Mendoza y dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte provincial que había declarado inconstitucional la ley local de consolidación 5812, ordenando que el crédito se cancelara en efectivo. Los autos volvieron al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo conforme al criterio de Fallos: 321:441.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 742. XXXI. RHE
Consolidacion de deudas Ley 5812 Provincia de mendoza Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Sentencia definitiva Queja Credito en efectivo Fallos 321:441 Remision a precedente

¿Quién es el actor?

Nelly Delia Moreno de Dasmi.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Mendoza.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de un crédito alcanzado por la ley provincial de consolidación de deudas 5812.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el pronunciamiento impugnado tiene carácter definitivo, pues corresponde equiparar a tales sentencias con aquellas que originan agravios cuya enmienda en la oportunidad procesal en que se las invoca, exhiben prima facie entidad bastante para conducir a un resultado diverso del juicio (Fallos: 306:1312 y sus citas). En consecuencia, carece de relevancia que se haya desestimado el recurso de casación con posterioridad al fallo apelado, pues éste decide por sí y con independencia de las alternativas procesales ulteriores el tema atinente a la consolidación."

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en Fallos: 321:441 -votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez- a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

Nota: la sentencia de la Sala II de la Suprema Corte mendocina fue dictada por mayoría; la Corte no se pronuncia sobre el fondo de la constitucionalidad de la ley 5812, sino que remite a los fundamentos de Fallos 321:441.

Normas que cita

  • Ley 5812 (Mendoza)

Fallos que cita

  • Moreno de Dasmi, Nelly Delia c/ Gobierno de la Provincia de MendozaCSJN · Fallos 306:1312
  • Fallos 321:441CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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