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Corte Suprema

HERLEIN LEONARDO GASTON s/RECURSO DE CASACION

El defensor oficial de Leonardo Gastón Herlein interpuso recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires en una causa penal. La Corte Suprema declaró procedente el recurso y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento, con la disidencia de la Dra. Argibay, que lo declaró mal concedido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 277. XLII. REX
Recurso extraordinario Recurso de casacion Sentencia penal Provincia de buenos aires Reenvio Dictamen del procurador fiscal Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Defensa oficial Tribunal de casacion penal

¿Quién es el actor?

Leonardo Gastón Herlein, representado por el Dr. Mario Coriolano (defensor oficial).

¿A quién se demanda?

Estado provincial (Ministerio Público / acusación en causa penal de la Provincia de Buenos Aires).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de casación y recurso extraordinario contra la sentencia penal dictada en la causa seguida a Herlein.

¿Qué se resolvió?

por mayoría de cinco ministros, la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó el reenvío para que se dicte un nuevo pronunciamiento. La Dra. Argibay, en disidencia total, consideró el recurso inadmisible (art. 280 CPCCN) y lo declaró mal concedido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador Fiscal, con excepción de lo expresado en el penúltimo párrafo, y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad." La decisión se fundamenta por remisión al dictamen del Procurador Fiscal, cuyo penúltimo párrafo no fue compartido. Disidencia (Argibay): "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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