JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BANEFF DE SORRENTINO MARINA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias de primera instancia en los reclamos de reajuste de haberes previsionales por movilidad. Ordenó practicar el reajuste de los actores conforme al alcance fijado en el precedente Chocobar, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 608. XXXVI. ROR
Reajuste de haberes Movilidad jubilatoria Recurso ordinario Anses Haberes previsionales Precedente chocobar Fallos 323:555 Actualizacion previsional Costas por su orden Seguridad social

¿Quién es el actor?

Marina Baneff de Sorrentino y otros actores (numerosas causas acumuladas, entre ellas Augusto Raúl Oscar, Benigno Antonio, Blech José, Belvia Ángel, Corradi Gino, Costamagna Abel José, Dazzi Carmen Teresa, entre otros).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) y, en algunos casos, Cajas previsionales provinciales o nacionales (INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; Instituto Municipal de Previsión Social; INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes jubilatorios por movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y ordenó que se practique el reajuste de los haberes de los actores según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino" (Fallos: 319:3241). Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal sostuvo que la cuestión es sustancialmente análoga a la resuelta en Fallos: 323:555, a cuyas consideraciones remitió por razón de brevedad. Expresó: "La cuestión que se suscita en las presentes causas resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por el Tribunal en Fallos: 323:555, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad." Asimismo, dejó constancia de que el juez Belluscio se remitió a su disidencia parcial en el citado precedente: "El juez Belluscio se remite a su disidencia parcial en el citado precedente." La sentencia no contiene desarrollo argumental propio; su fundamento se encuentra en el precedente referido.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.