FERNANDEZ ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Los actores de un reajuste por movilidad previsional obtuvieron la revocación de la sentencia apelada en cuanto ordena aplicar el art. 49 de la ley 18.037 con el alcance temporal fijado en el precedente Monzo. La Corte Suprema declaró procedente el recurso de la parte actora y parcialmente procedente el de la ANSeS, confirmando la aplicación del citado artículo con alcance temporal limitado.
¿Quién es el actor?
Antonio Fernández.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de los haberes previsionales del jubilado por movilidad.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró procedente el recurso ordinario de la parte actora, parcialmente procedente el de la ANSeS, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Sánchez" y ordenó aplicar el art. 49 de la ley 18.037 con el alcance temporal indicado en el precedente "Monzo".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones de índole constitucional formuladas por el actor respecto del art. 49 de la ley 18.037, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en la causa V.1338.XXXVIII 'Vázquez, Enrique Juan Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', -considerandos 3° y 4°-, fallada con fecha 3 de mayo pasado, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
"Los planteos de ambas partes relacionados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractos, pues el art. 23 citado ha sido derogado por la ley 26.153 y el plazo de cumplimiento establecido en la sentencia habrá de ser modificado en virtud de la entrada en vigencia de la última ley mencionada, para adecuarlo al término allí previsto (conf. art. 21)."
"Los restantes agravios de la ANSeS no guardan relación alguna con lo decidido en la sentencia apelada, por lo que deben ser desestimados."
"Las objeciones del titular vinculadas con la necesidad de revisar el criterio fijado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), remiten al tratamiento de temas que han sido considerados por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 49 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 22, 23, 19 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
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