BUTAPROPANO S.R.L. c/ M°E Y OSP-SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION RESOL. 414 s/AMPARO LEY 16.986
El Estado Nacional (Ministerio de Economía) interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala III) que declaró la nulidad de la resolución 414/99 de la Secretaría de Energía por incompetencia manifiesta. La Procuración General propone a la Corte correr traslado a las partes sobre la derogación de la resolución conjunta 23/94 por normas posteriores.
¿Quién es el actor?
DESCONOCIDO (amparo con base en la ley 16.986; el texto no identifica a la parte actora).
¿A quién se demanda?
Secretaría de Energía de la Nación / Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la resolución 414/99 de la Secretaría de Energía, dictada sin participación de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería para modificar la resolución conjunta 23/94.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la nulidad de la resolución 414/99 por incompetencia manifiesta. El Estado Nacional interpuso recurso extraordinario, que fue concedido. La Procuración General emite vista y sugiere a la Corte correr traslado a las partes, en virtud de la derogación de la resolución conjunta 23/94 mediante la resolución conjunta 49/01 de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor y 52/01 de la Secretaría de Energía y Minería (publicada el 3 de julio de 2001).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Entendieron sus integrantes que, en cuanto fue dictada por dicha secretaría, sin participación de la actual Secretaría de Industria, Comercio y Minería -que reemplazó a la de Comercio e Industria- al efecto de modificar la resolución conjunta 23/94, adoptada por ambas, adolece de incompetencia manifiesta."
> "Toda vez que el 3 de julio de 2001 se publicó en el Boletín Oficial la resolución conjunta 49/01 de la Secretaría de la Competencia la Desregulación y la Defensa del Consumidor y 52/01 de la Secretaría de Energía y Minería, del 27 de junio de 2001, que deroga la resolución conjunta 23/94 de las ex Secretarías de Energía y de Comercio e Inversiones, entre otras (art. 1°), solicito al Tribunal que, en ejercicio de las facultades que le confiere el art. 36, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, disponga, de estimarlo procedente, un traslado a las partes..."
> "...con el fin de evitar pronunciamientos inoficiosos."
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Normas que cita
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNart. 36 inc. 2 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 24.946art. 25 inc. h · Ministerio publico
- Resolución 414/99
- Resolución 23/94
- Resolución 49/01
- Resolución 52/01art. 1
Fallos que cita
- Fallos 311:787CSJN
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