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Corte Suprema

YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES S.A. c/ BONFIGLI CARLOS ALBERTO s/CESACION UNO DE MARCA

Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. promovió una medida cautelar para que se retiraran los símbolos de su marca de una estación de servicio tras resolver el contrato de concesión por cláusula comisoria. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara, por omitir considerar la protección de los consumidores y la falta de suministro de los productos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Y. 3. XXXV. RHE
Medida cautelar Clausula comisoria Resolucion de contrato Concesion de estacion de servicio Marca comercial Proteccion del consumidor Sentencia arbitraria Defensa en juicio Recurso extraordinario Queja

¿Quién es el actor?

Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. (YPF).

¿A quién se demanda?

Carlos Alberto Bonfigli, concesionario de una estación de servicio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cesación del uso de la marca de YPF, con una medida cautelar para el retiro de los símbolos que identificaban la estación como de YPF.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, que había revocado la medida cautelar otorgada en primera instancia. La causa vuelve al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"aun cuando las decisiones vinculadas con medidas cautelares resultan en principio ajenas a ella por no ser definitivas, cabe hacer excepción a ese principio cuando lo decidido ocasiona ... un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior."

"el sentenciante se circunscribió a ponderar la posición individual de las partes frente a la controvertida extinción de la relación que las unía, sin hacerse cargo de las consecuencias que dicha extinción podía acarrear sobre terceros, dado el objeto del contrato celebrado y la situación fáctica que sobrevino a su denuncia."

"la medida tendía a evitar que estos últimos pudieran ser inducidos a engaño, al ser instados -mediante la exhibición de una marca de pública notoriedad- a la adquisición de productos en la estación concesionada, sin que se mantuvieran las condiciones previstas para asegurar que dicho producto fuera efectivamente tal."

"las partes estaban de acuerdo en cuanto a que la actora había dejado de suministrar a la demandada los productos cuestionados."

"el fallo impugnado satisface sólo en forma aparente la exigencia de constituir una derivación razonada del derecho vigente, aplicable a los hechos concretos de la causa, lo que trasunta un grave menoscabo de la defensa en juicio de la damnificada."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 42

Fallos que cita

  • Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. c/ BonfigliCSJN · Fallos 305:72
  • Fallos 312:1159CSJN
  • Fallos 314:740CSJN

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