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Corte Suprema

LENING JUAN DOMINGO c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/

El actor reclamó la jubilación por invalidez por padecer diversas patologías físicas y psíquicas que, según sostenía, le impedían continuar trabajando. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y declaró cumplido el requisito de incapacidad del 66%, por entender que la exigencia debía interpretarse según los fines tutelares de la legislación previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 610. XXXII. ROR
Jubilacion por invalidez Incapacidad laboral Ley 18.037 Seguridad social Minusvalia psiquica y fisica Aptitud laboral Fines tutelares previsionales Inps Recurso ordinario Cuerpo medico forense.

¿Quién es el actor?

Juan Domingo Lening.

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

jubilación por invalidez (ley 18.037, art. 33).

¿Qué se resolvió?

por mayoría de los ministros que suscriben el voto principal, la Corte revocó la sentencia apelada y declaró cumplido el porcentaje de incapacidad exigido. Los doctores Nazareno, Boggiano, Bossert y Vázquez votaron en disidencia y confirmaban la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"dada la índole de las patologías padecidas por el peticionario que, en mayor o menor medida, estaban presentes al cese de servicios y han continuado su evolución ocasionando al recurrente una importante disminución en sus aptitudes profesionales, se aprecia que no existe prácticamente a su respecto posibilidad de reinsertarse en el mercado laboral. De ahí que la exigencia del 66% de incapacidad requerida a la finalización de las tareas, no debe ser interpretada de manera rigurosa y prescindente de los fines tutelares de la legislación previsional, ya que configura una pauta de referencia para evaluar la aptitud laboral y la posibilidad de continuar en la actividad rentada (Fallos: 317:57 y 70)".

Considerando 5° (mayoría): "al 40% de minusvalía física asignado por el Cuerpo Médico Forense, debe agregarse el porcentaje derivado de su afección psíquica (depresión crónica) constatada a fs. 167/176 y valorada en un 35% de la total obrera a la actualidad y en un 15% de invalidez permanente al momento del distracto laboral".

¿Cómo votaron los jueces?

"a fs. 109, 149 y 158 el Cuerpo Médico Forense da cuenta de que el interesado puede realizar tareas remuneradas con la minusvalía física padecida (40%) y de que la patología psíquica constatada a fs. 167/176 no incidiría en grado suficiente para alcanzar el 66% de invalidez requerido".

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 33 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

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