FIORI DE GUADAGNO MARIA CRISTINA c/ KRULS ALCIRA JULIA s/CONSIGNACION
El Procurador General de la Nación dictaminó que corresponde desestimar los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 26.167 y 26.204 formulados por la parte demandada en un juicio de consignación. Remite a su dictamen anterior en la causa Rinaldi c/ Guzmán Toledo, en la que consideró que la prórroga de la emergencia debe someterse al mismo examen de razonabilidad que la norma prorrogada.
Actor/Consignante: María Cristina Fiori de Guadagno.
¿A quién se demanda?
Julia Acira Kruls y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda de pago por consignación; en el recurso extraordinario, la demandada cuestiona la constitucionalidad de las leyes 26.167 y 26.204 (prórroga de la emergencia declarada por la ley 25.561).
¿Qué se resolvió?
El dictamen de la Procuración opina que corresponde desestimar los planteos de inconstitucionalidad. La decisión final corresponde a la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
En cuanto a la ley 26.167, remite al dictamen emitido en la causa "Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ ejecución hipotecaria" (S.C.R.N° 320, L.XLII).
Sobre la ley 26.204, expresa que "para que el planteo de inconstitucionalidad corresponda ser tratado, no basta la sola mención de que la norma cuestionada afecta garantías constitucionales, sino que resulta indispensable la indicación concreta del derecho federal invocado y de su conexión con la materia del pleito".
Cita la doctrina según la cual el examen de constitucionalidad "no puede tener por objeto a una ley globalmente considerada, sino en su aplicación al caso concreto" (Fallos 301:811; 302:167).
Sobre la prórroga de la emergencia, cita: "la temporalidad que caracteriza a la emergencia, como que resulta de las circunstancias mismas, no puede ser fijada de antemano en un número preciso de años o de meses. Todo lo que cabe afirmar razonablemente es que la emergencia dura todo el tiempo que duran las causas que la han originado" (Fallos 243:449, voto del Juez Orgaz).
Concluye que el mantenimiento de la emergencia requiere el mismo examen de razonabilidad que la norma prorrogada.
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
- Ley 26.204Emergencia publica
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
Fallos que cita
- Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otroCSJN · 15/03/2007
- Fallos 305:50CSJN
- Fallos 301:811CSJN
- Fallos 302:167CSJN
- Fallos 314:495CSJN
- Fallos 300:642CSJN
- Fallos 319:3241CSJN
- Fallos 243:449CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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