JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BARRIOS STELLA MARIS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO s/S/ PENSIONES

La actora promovió reclamo de pensión por fallecimiento de su esposo contra la ANSES. La Procuración General dictaminó que corresponde revocar la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y otorgar el beneficio desde el día siguiente al fallecimiento del causante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 706. XL. ROR
Pension por fallecimiento Aportante regular Aportante irregular Ley 24.241 Decreto 1120/94 Fecha inicial de pago Anses Ley aplicable al momento del deceso Regularidad de aportes Seguridad social

¿Quién es el actor?

Stella Barrios, viuda del causante.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pensión por fallecimiento del esposo, afiliado en actividad, y determinación de la fecha inicial de pago.

¿Qué se resolvió?

La Procuración General dictaminó que corresponde declarar procedente el recurso ordinario, revocar la sentencia y otorgar a la actora el beneficio regular de pensión desde el día siguiente al fallecimiento del causante. Se trata de un dictamen, no de la decisión final de la Corte, que deberá resolver.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la protección previsional que deriva de la muerte de un afiliado, no esta sujeta a condiciones de satisfacción imposible y que la regularidad de los aportes no debe ser evaluada sobre la base de considerar sólo un período laboral que no pudo ser completado (v. el citado precedente Fallos: 329:576 y sus citas)."

"...la regularidad de los aportes no debe ser evaluada sobre la base de considerar sólo los períodos laborales que no pudieron ser completados por la muerte del afiliado en actividad (v. Fallos: 329:576, en especial su considerando 8°)."

"...creo razonable entonces que el beneficio en cuestión se devengue a partir del día siguiente al fallecimiento del causante fecha límite tenida en cuenta no sólo a los fines del cálculo del financiamiento del ingreso base y prestaciones del causante -art 97 de la ley 24241- sino para el encuadre del afiliado en la condición de regular o irregular..."

Se señala que al momento del deceso regía el decreto 1120/94, y no el decreto 460/99, que no era aplicable en perjuicio de la beneficiaria. Finalmente, por la solución propiciada, el dictamen considera innecesario tratar las inconstitucionalidades planteadas respecto de los decretos 1120/94, 136/97 y 460/99.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 95, 97, 105 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 1120art. 95
  • Decreto 136art. 95
  • Decreto 460
  • Resolución 57
  • Decreto 526
  • Resolución 91
  • Resolución 16

Fallos que cita

  • Barrios, Stella c/ ANSESCSJN · Fallos 329:576
  • Fallos 326:3434CSJN
  • Fallos 328:566CSJN
  • Fallos 329:3851CSJN

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