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Corte Suprema

LAMOLINA EDGARDO JOSE c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia que había reajustado el haber previsional de Edgardo José Lamolina, remitiendo la movilidad del período 1991-1994 a los criterios fijados en el precedente Chocobar. Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, remitieron a sus votos en esa causa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 456. XXVII. REX
Movilidad previsional Reajuste de haberes Ley 24.241 Precedente chocobar Topes maximos Tasa de intereses Recurso extraordinario Anses Caja nacional de prevision de la industria Comercio y actividades civiles Ley 25.344

¿Quién es el actor?

Edgardo José Lamolina (y, en la causa acumulada, Angiolina Perrone de Papa).

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (ANSeS como sucesora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional por movilidad.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y se revocó la sentencia apelada. Respecto de la movilidad entre el 1 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, se ordenó aplicar el alcance fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remitieron a sus votos en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remite a sus precedentes "Chocobar" (Fallos: 319:3241), "Bertone" y, respecto del sistema de topes, "Del Azar Suaya" (Fallos: 320:2039) y "Beitía". Sobre la tasa de intereses, remite a "Banco Sudameris" (Fallos: 317:507) y "Gil", con el criterio concurrente de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Petracchi, López, Bossert y Vázquez, adverso a la procedencia del recurso. Los jueces Fayt y Boggiano se remiten a sus votos en "López, Antonio Manuel" (Fallos: 315:1209) y "Acopionor SA" (Fallos: 317:585).

(Nota: la sentencia no transcribe argumentos propios; sus fundamentos son remisiones a precedentes.)

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina AraceliCSJN · 31/10/1997
  • Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
  • Gil, Arnaldo VicenteCSJN · 12/03/1996
  • López, Antonio ManuelCSJN · Fallos 315:1209
  • Acopionor SACSJN · Fallos 317:585
  • Bertone, Rogelio HéctorCSJN · 15/07/1997

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