JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ARENA RICARDO AURELIO c/ RAPETTI HUGO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario deducido por el ejecutado, revocó la sentencia que había excluido la aplicación de la pesificación y, por aplicación del principio del esfuerzo compartido, condenó al demandado a pagar la deuda en pesos con un ajuste de 30% de la brecha cambiaria y con intereses del 7,5% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1353. XXXIX. RHE
Pesificacion Emergencia economica Ley 25.561 Esfuerzo compartido Recurso extraordinario Queja Moneda extranjera Clausula de ajuste Ejecucion Art. 16 ley 48

Actor (acreedor): Ricardo Aurelio Arena.

Demandado (ejecutado): Hugo Repetti.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de una deuda expresada en moneda extranjera (dólares estadounidenses), en un proceso ejecutivo posterior a la sanción de la normativa de emergencia que dispuso la pesificación.

¿Qué se resolvió?

se admitió la queja y el recurso extraordinario; se revocó la decisión de la instancia anterior que había declarado inaplicable al caso la normativa de pesificación; se condenó al demandado a pagar en pesos, convirtiendo el capital a razón de $1 por dólar más el 30% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) al día del pago, con intereses del 7,5% anual entre moratorios y punitorios desde la mora hasta el pago efectivo. Las costas de los incidentes sobre validez constitucional de las normas de emergencia se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la decisión remite, por brevedad, a los fundamentos de las causas "Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta Teresa" (S.499.XXXIX, considerandos 11 y 12) y "Bezzi, Rubén Amleto y otro c/ Valentín Sixto Carlos y otro s/ ejecución hipotecaria - ejecutivo" (B.2087.XLII), resueltas el 14 de agosto y 11 de septiembre de 2007 respectivamente, cuyos fundamentos se dan por reproducidos. La Corte invoca el art. 16, segundo párrafo, de la ley 48 para fijar directamente la condena, aplicando el principio del esfuerzo compartido. No se transcriben considerandos propios de este fallo, que es una resolución breve de remisión.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta TeresaCSJN · 14/08/2007
  • Bezzi, Rubén Amleto y otro c/ Valentín Sixto Carlos y otro s/ ejecución hipotecaria - ejecutivoCSJN · 11/09/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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