ZALAZAR CARLOS RUBEN c/ CAJA RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor, ex cabo de la Policía Federal Argentina, reclamó el restablecimiento de su beneficio de retiro tras ser cesanteado. La Procuración General dictaminó que corresponde declarar admisible el recurso extraordinario y confirmar la sentencia que rechazó la demanda, por no reunir el actor la antigüedad de diecisiete años exigida para el personal subalterno.
¿Quién es el actor?
Carlos Zalazar.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina (Caja de Retiro de Jubilados y Pensionados s/ personal militar).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
restablecimiento del beneficio de retiro del actor, dejado sin efecto luego de su cesantía.
¿Qué se resolvió?
la Procuración General opinó que el recurso extraordinario es admisible y que debe confirmarse la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, que había rechazado la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Frente a ello considero que, en el sublite, no se demuestra irrazonable la inteligencia conferida al asunto por los tribunales de la causa, con lo que los reproches de la recurrente trasuntan simple disconformidad, sin dejar -insisto- en evidencia la sin razón de lo decidido por la Sentenciadora; máxime, cuando en momento alguno se cuestionó la sanción de cesantía ni norma alguna involucrada en la cuestión."
"En el marco descripto se inscriben las decisiones de ambas instancias, basadas -como se refirió- en que, si bien la cesantía no importa por sí la pérdida del derecho al haber previsional correspondiente, ello es así en tanto se reúnan al menos diecisiete años simples de servicios en el supuesto del personal subalterno (cfr. art. 7, ley n° 21.965; y 561 y 562, dec. n° 1.866/83), extremo que no fue acreditado aquí."
"Por último, la índole no federal de lo referente a la imposición de costas obsta a su consideración en la instancia, tanto más cuando la tacha de arbitrariedad es particularmente restrictiva a su respecto."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 21.965arts. 7, 8, 9, 48, 92, 97, 100 · Policia federal argentina
- Decreto 1.866arts. 32, 327, 329, 535, 536, 537, 561, 562
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Fallos 316:814CSJN
- Fallos 319:3040CSJN
- Fallos 326:2798CSJN
- Fallos 327:4681CSJN
- Fallos 314:1634CSJN
- Fallos 329:206CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.