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Corte Suprema

VALMONTONE ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Valmontone, Alfredo promovió reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema confirmó la tasa de interés fijada por el precedente Spitale, revocó la sentencia de Cámara en el alcance fijado en Sánchez y ordenó que la movilidad posterior a enero de 2002 se practique según el índice fijado en Badaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 969. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Redeterminacion del haber inicial Tasa pasiva de interes Precedente badaro Precedente sanchez Precedente spitale Ley 26.153 Anses Recurso ordinario de apelacion

¿Quién es el actor?

Alfredo Valmontone.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios del haber previsional, incluyendo redeterminación del haber inicial, movilidad posterior a enero de 2002 y tasa de interés.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 2° de la ley 26.153. Se confirmó la sentencia apelada respecto de la tasa de interés (precedente "Spitale"). Se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de "Sánchez". Se dispuso que la movilidad por el período indicado en "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los aumentos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo durante el mismo período resultaran superiores, caso en el cual debe estarse a ese resultado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "las objeciones del actor vinculadas con la necesidad de revisar el criterio adoptado en el fallo 'Chocobar', suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."

Considerando 3°: "los agravios referentes al reajuste posterior a enero de 2002, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias de fecha 8 de agosto de 2006 y 26 de noviembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

Considerando 4°: "las impugnaciones relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale', publicado en Fallos: 327:3721, al que cabe remitir."

Considerando 5°: "las críticas referentes a una supuesta aplicación de una quita porcentual en el haber de la prestación no guardan relación con lo resuelto por el a quo, que no fijó un porcentaje de confiscación en la movilidad aceptada, circunstancia que lleva a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto."

Considerando 6°: "el planteo de inconstitucionalidad de la ley 21.864 debe ser rechazado pues dicha norma no ha sido aplicada en autos, en la medida que no existen diferencias a abonar durante el período de su vigencia."

Considerando 7°: "resulta abstracto el tratamiento de los planteos de la ANSeS referentes al art. 23 de la ley 24.463, pues tal norma ha quedado derogada según lo dispuesto por la ley 26.153."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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