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Corte Suprema

TEJERA DOMINGO c/ ANSES s/OTROS

La Corte Suprema declaró desiertos los recursos ordinarios de la ANSeS y procedentes los del Ministerio Público, revocando las sentencias apeladas en materia de reajustes previsionales. El Tribunal remitió a los fundamentos de Schiariti (Fallos 323:1861) e Iglesias, donde se declaró la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 112. XXXVII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Recurso ordinario Memorial Desierto Ministerio publico Anses

¿Quién es el actor?

Domingo Tejera, Julio Ceretto, Sabino Benedicto Jáuregui, Zenobio Paliwoda, Elba Petronila Ramos y José Remigio Ventura (jubilados).

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.463 (y de los artículos 22 y 23, que tratan el ajuste de haberes previsionales).

¿Qué se resolvió?

la ANSeS no presentó memorial exigido por el art. 280, segundo párrafo, CPCCN, por lo que sus recursos se declaran desiertos. Los recursos del Ministerio Público se declaran procedentes y se revocan las sentencias apeladas, con el alcance de los considerandos de "Schiariti" e "Iglesias". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en razón de haberse notificado al organismo previsional de las providencias que ordenaban poner los autos en secretaría a los fines del art. 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma." "Los agravios del Ministerio Público, vinculados con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 24, 22, 23, 21 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001

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