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Corte Suprema

CARRASCO ELIO GUILLERMO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor dedujo recurso ordinario de apelación contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que declaró desierta la apelación del actor y difirió cuestiones vinculadas a reajustes por movilidad. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos del actor, declaró desierto el de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, rechazando los planteos de inconstitucionalidad y la inaplicabilidad del art. 55 de la ley 18.037.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 617. XXXVI. ROR
Reajuste por movilidad Haberes previsionales Ley 18.037 art. 55 Ley 24.463 art. 21 Inconstitucionalidad Presupuestos 1996-1999 Recurso ordinario Costas Anses Movilidad jubilatoria

¿Quién es el actor?

Elio Guillermo Carrasco.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por el actor, se declaró desierto el interpuesto por la ANSeS y se confirmó la sentencia apelada. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). Se ordenó notificar a la Procuración del Tesoro (art. 6° de la ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"el planteo del actor referente a la invalidez constitucional de las leyes que aprobaron los presupuestos generales para los ejercicios correspondientes a los años 1996 a 1999 carece de fundamento y resulta el fruto de una reflexión tardía, ya que la cuestión no fue tratada en la sentencia apelada."

"el agravio del interesado relacionado con la inaplicabilidad del art. 55 de la ley 18.037 carece de fundamento, pues se basa sólo en el tiempo que ha insumido la tramitación administrativa y judicial de su reclamo, máxime cuando lo resuelto se adecua a los criterios expuestos por el Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241 ('Chocobar') y 320:2039 ('Del Azar Suaya')."

"el planteo de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 halla adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ('Arena'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"los agravios expuestos por la demandada suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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