JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PALMA MATILDE c/ BANCO CENTRAL Y OTRO s/S/AMPARO

Diversos amparos promovidos contra el Estado Nacional y el Banco Central por la pesificación de depósitos bancarios y el régimen de la Ley 25.561 fueron elevados a la Corte Suprema por vía de recurso extraordinario. La Corte declaró procedentes los recursos, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 2040. XLI. REX
Pesificacion Ley 25.561 Decreto 214/02 Depositos bancarios Amparo Recurso extraordinario Precedente massa Banco central Reprogramacion de creditos Costas en el orden causado

¿Quién es el actor?

Matilde Palma y otros actores en las distintas causas acumuladas (cooperativas, particulares, mutuales y entidades diversas).

¿A quién se demanda?

Banco Central de la República Argentina, Estado Nacional y otros organismos y entidades financieras según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos de amparo vinculados a la conversión a pesos y reprogramación de depósitos e créditos en dólares establecida por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó al tribunal a quo dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina establecida en el precedente "Massa". Las costas se distribuyeron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos:329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir-en lo pertinente- en razón de brevedad."

"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos:330:331)."

"El juez Petracchi se remite a su voto en la causa V.765.XLI 'Vismara, Silvina Sandra c/P.E.N. s/amparo', sentencia del 29 de abril de 2008."

"Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios interpuestos y se dejan sin efecto las sentencias apeladas, debiendo el tribunal a quo, por quien corresponda, dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina establecida en el precedente 'Massa'."

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331
  • Vismara, Silvina Sandra c/P.E.N. s/amparoCSJN · 29/04/2008

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