JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GOMEZ IGNACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de las partes en el reclamo de reajuste previsional, ordenó el cumplimiento de la sentencia conforme al art. 21 de la ley 26.153 y confirmó la tasa de interés y las costas. Revocó parcialmente la sentencia en materia de movilidad del haber a partir del 11 de abril de 1991, aplicando los precedentes Sánchez y Badaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 3072. XXXVIII. ROR
Movilidad previsional Reajuste de haberes Ley 24.463 Ley 26.153 Anses Haber inicial Tasa pasiva de interes Quita porcentual Inconstitucionalidad Prescripcion

Actor (demandante): Ignacio Gómez.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes del haber previsional, en particular la movilidad del haber a partir del 11 de abril de 1991, el índice para la determinación del haber inicial, la inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463 y 55 de la ley 18.037, la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, la tasa pasiva de interés, la quita porcentual en el haber, el art. 23 de la ley 24.463 y la prescripción (art. 82 de la ley 18.037).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios; se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; se confirmó la sentencia en materia de tasa de interés y costas; se revocó con el alcance de los precedentes "Pellegrini" y "Sánchez"; y se dispuso que la movilidad del lapso fijado en "Badaro" se practique según el índice allí establecido, salvo que los incrementos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las objeciones del titular vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' ... y 'Badaro' ..., a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."

Sobre el índice de peón industrial: "la pretensión del demandante de que para la determinación del haber inicial se sustituya el índice legal por el de peón industrial, debe ser desestimada pues no ha demostrado el perjuicio actual y concreto..., circunstancia que lleva a declarar la deserción del recurso sobre el punto."

Sobre la inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463 y 55 de la ley 18.037: "han sido formuladas de manera genérica, sin probar el gravamen específico ... por lo que la objeción planteada aparece sustentada en un agravio hipotético y es prematura (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216)."

Sobre la tasa de interés y la quita: "suscitan el examen de temas que han sido resueltos por el Tribunal en las causas 'Spitale' (Fallos: 327:3721) y 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Sobre el art. 23 de la ley 24.463: "deviene abstracto el tratamiento ... pues dicha norma ha sido derogada por la ley 26.153."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 9, 21, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037arts. 55, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
  • PanizzaCSJN · Fallos 326:216
  • FlagelloCSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.