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Corte Suprema

STRONATI URIEL GINO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la actora, la representante del Ministerio Público y la ANSeS en el reclamo de reajuste por movilidad de un jubilado. Revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social conforme a los precedentes González, Perletto, Arena, Schiariti e Iglesias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 558. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 18.037 Ley 24.463 Tope maximo previsional Inconstitucionalidad Confiscatoriedad Aporte medio previsional obligatorio Modulo previsional Anses

¿Quién es el actor?

Uriel Gino Stronati.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad del haber jubilatorio, con cuestionamiento de la reducción aplicada por la ley 18.037 (art. 55) y de la validez de los arts. 16, 19, 21, 22 y 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

revocar la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, con el alcance surgido de los precedentes citados. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el porcentaje de reducción: "no son procedentes los agravios del actor referentes al porcentaje de reducción de su haber considerado como no confiscatorio, ya que la quita cuestionada no resulta de aplicación a la movilidad que corresponde al período posterior al 1° de abril de 1991, de conformidad con lo resuelto en el precedente de este Tribunal publicado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar')."

Sobre el art. 55 de la ley 18.037: "el planteo de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 encuentra, en el caso, adecuada respuesta en la causa P.640.XXVI. 'Panizza, Alfredo José c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallado con fecha 7 de abril de 1998, en cuanto allí se estableció que la ausencia de prueba del menoscabo concreto que podría haber ocasionado la aplicación del sistema de topes máximos obstaba a la declaración de inconstitucionalidad de esa norma."

Sobre los arts. 19, 16, 21, 22 y 23 de la ley 24.463: "los agravios esgrimidos por el organismo previsional y por la representante del Ministerio Público respecto de las declaraciones de inconstitucionalidad de los arts. 19, 16, 21, 22 y 23 de la ley 24.463 han sido examinados y resueltos en los antecedentes de Fallos: 323:555 (González); 325:98 ('Perletto'); 324:2360 ('Arena') y 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', del 17 de abril de 2001, respectivamente, a los que cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 19, 16, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · 27/12/2002 · Fallos 319:3241
  • Panizza, Alfredo José c/ INPS - Caja Nacional de PrevisiónCSJN · 07/04/1998
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • GonzálezCSJN · Fallos 323:555
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001

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