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Corte Suprema

GALLO JUAN NICOLAS c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Un jubilado promovió amparo contra la ANSeS por el recálculo de su haber inicial y la movilidad de su prestación. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, con el alcance que surge de sus considerandos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 423. XXXV. ROR
Haber jubilatorio Movilidad jubilatoria Recalculo de haber inicial Ley 18.038 Anses Amparo previsional Recurso ordinario Seguridad social Precedente chocobar Precedente heit rupp.

¿Quién es el actor?

Juan Nicolás Gallo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nuevo cálculo del haber inicial jubilatorio, reajuste de los períodos sujetos a movilidad y adecuación de la parte del haber derivada de servicios prestados en el régimen de la ley 18.038.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por ambas partes y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de las consideraciones del fallo. Las costas se impusieron por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que los agravios del actor referentes a la omisión de tratar su pedido de adecuación de la parte del haber derivada de los servicios prestados en el régimen de la ley 18.038, remiten a cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en la causa O.21.XXXV 'Ollua, Marcelo c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', fallada el 2 de julio de 2002, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Que deben desestimarse las objeciones del interesado vinculadas con la movilidad de la prestación, pues sólo expresan su discrepancia con el criterio que emana del precedente publicado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), cuya aplicación ordenó el a quo, sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de la solución adoptada."

Considerando 4°: "Que los agravios de la ANSeS resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por esta Corte en Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp'), votos concurrentes, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Ollua, Marcelo c/ ANSeSCSJN · 02/07/2002
  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226

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