DAGNINO INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La jubilada Inés Dagnino reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios, revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en los precedentes Sánchez y Domínguez y confirmó lo resuelto sobre intereses y costas.
¿Quién es el actor?
Inés Dagnino (jubilada).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, en particular la recomposición de la movilidad establecida por la ley 18.037, la prescripción liberatoria, una supuesta quita porcentual en el haber, la tacha de invalidez del art. 21 de la ley 24.463 y la tasa pasiva de interés.
¿Qué se resolvió?
declarar parcialmente procedentes los recursos ordinarios interpuestos, revocar la sentencia apelada con el alcance que surge de las causas "Sánchez" y "Domínguez" y confirmar lo resuelto en cuanto a intereses y distribución de costas según los fallos "Spitale" y "Flagello".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2): "el planteo de la actora referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en la causa 'Sánchez', publicada en Fallos: 328:1602 y 2833, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
Considerando 3): "los agravios de la jubilada relacionados con la prescripción liberatoria suscitan al examen de temas sustancialmente análogos a las resueltos por esta Corte en el precedente 'Domínguez' (Fallos: 326:1436), a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad, solución que exime al Tribunal de analizar la cuestión referente a la validez de la notificación del acto administrativo."
Considerando 4): "cabe desestimar las críticas de la titular referentes a la supuesta aplicación de una quita porcentual en el haber de la prestación, ya que la sentencia apelada no contiene previsión alguna al respecto, por lo que concuerda con la doctrina fijada por esta Corte en el antecedente 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525)."
Considerando 5): "la tacha de invalidez formulada por la demandante respecto del art. 21 de la ley 24.463 ha sido resuelta por esta Corte en contra de sus pretensiones en la causa F.444.XXXVIII 'Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción'."
Considerando 6): "las impugnaciones del organismo previsional relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale', publicado en Fallos: 327:3721, al que cabe remitir. Los restantes cuestionamientos no guardan relación con lo resuelto en la sentencia apelada, por lo que deben ser desestimados."
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Normas que cita
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- DomínguezCSJN · Fallos 326:1436
- PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
- Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripciónCSJN
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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