SAGARRA JUAN JOSE c/ BCO RIO s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el actor en las causas Sagarra y Callegari contra el Banco Río, en amparos vinculados a la misma cuestión. Dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Massa.
¿Quién es el actor?
Juan José Sagarra y Ricardo Andrés Callegari y otros.
¿A quién se demanda?
Banco Río (Banco Río de la Plata S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo promovido contra la entidad bancaria, en cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa "Massa" (Fallos 329:5913).
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las sentencias apeladas y se remitió al tribunal a quo para que dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina establecida en "Massa". Las costas se distribuyeron en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos:329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir-en lo pertinente- en razón de brevedad."
"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones expuestas al votar en la causa 'Piriz' (Fallos:330:331)."
"El juez Petracchi se remite a su voto en la causa V.765.XLI 'Vismara, Silvina Sandra c/P.E.N. s/amparo', sentencia del 29 de abril de 2008."
Por ello, "se declaran procedentes los recursos extraordinarios interpuestos y se dejan sin efecto las sentencias apeladas, debiendo el tribunal a quo, por quien corresponda, dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina establecida en el precedente 'Massa'."
No se registran votos en disidencia.
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