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Corte Suprema

LANGIANO EMILIO NARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un jubilado promovió reajuste de su haber previsional contra la ANSeS, cuestionando la constitucionalidad de varias normas de la ley 24.463 y de las leyes de emergencia. La Corte Suprema confirmó la sentencia en lo relativo a la tasa de interés y a las costas, por remisión a los precedentes Spitale y Flagello, declarando inadmisibles las objeciones genéricas sobre inconstitucionalidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 1055. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Ley 25.344 Consolidacion de deudas Tasa pasiva de interes Costas Inconstitucionalidad generica Anses Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Emilio Nardo Langiano.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (movilidad), con cuestionamientos a la constitucionalidad de los arts. 16, 21, 22 y 23 de la ley 24.463 y de las leyes 23.982, 24.130, 25.344 y 25.565.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmó la sentencia apelada respecto de la tasa de interés y de las costas, en concordancia con "Spitale" y "Flagello". La Corte no emitió pronunciamiento sobre la inconstitucionalidad de las leyes de consolidación de deudas, que fue desestimada por genérica, ni sobre el tratamiento de los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463, que se consideraron abstractos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el art. 21 de la ley 24.463: "los agravios del titular vinculados con la constitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en la causa 'Flagello' (Fallos: 331:1873), votos concurrentes y disidencias, a cuyos términos corresponde remitir por razón de brevedad."

Sobre las leyes de consolidación: "las objeciones de la demandante dirigidas a obtener la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 23.982, 24.130, 25.344, 25.565, deben ser desestimadas pues resultan genéricas y no logran demostrar el perjuicio concreto y actual que las normas impugnadas podrían haberle ocasionado." Se agregó que el titular, por tener más de ochenta y seis años, estaba excluido de la consolidación dispuesta por la ley 25.344, conforme las resoluciones ANSeS 1061/2001 y 562/2002.

Sobre la tasa pasiva: "las críticas de la ANSeS dirigidas a objetar la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en la causa 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

Sobre los arts. 16, 22 y 23: "deviene abstracto el tratamiento de las impugnaciones relacionadas con los artículos 16, 22 y 23 de la ley 24.463, pues los arts. 16 y 23 han sido derogados por la ley 26.153."

Sobre los demás agravios del organismo: "no se refieren a aspectos específicos del fallo apelado, por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

Fallos que cita

  • FlagelloCSJN · Fallos 331:1873
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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