JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GIL PRUDENCIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias que reajustaron haberes previsionales de los actores. El Tribunal remitió a sus precedentes Aguilar y Perletto para resolver los agravios sobre tasa de intereses y restantes cuestiones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 3166. XXXVIII. ROR
Reajuste de haberes previsionales Anses Tasa de intereses Recurso ordinario Doctrina aguilar Doctrina perletto Movilidad jubilatoria Seguridad social Costas por su orden Confirmacion de sentencias.

¿Quién es el actor?

Prudencio Gil y otros (conjunto de jubilados en causas acumuladas, entre ellos Aragall, Bentolila, Brizuela, Corado, Capuzzi, Capria, Didolich de Gazzoni, Escudero, González, Loze, Lenz, Lastra, Lombardi, Maidana, Moreno, Mariño, Martínez, Ortega, Peyrano, Pozzuto, Ramírez, Rodríguez, Rapari, Sofía, Schena, Severine, Tarulli, Tartaglia, Toledo y Villafañe).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y, en un caso, el Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por el organismo previsional y confirmó las sentencias apeladas, que habían hecho lugar a los reajustes. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostuvo que "los agravios de la ANSeS, referentes a la tasa de intereses, guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos". Agregó que "los restantes agravios del organismo previsional resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad". No se transcribe argumentación propia porque la sentencia remite íntegramente a los precedentes citados.

Normas que cita

Fallos que cita

  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.