JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CHISTE MARIO c/ E.F.A. s/LEY 9688

El actor Mario Chiste reclamó contra el Estado Nacional (E.F.A.) en el marco de la ley 9688 de accidentes de trabajo. La Corte Suprema, por mayoría y remitiendo a los fundamentos del precedente Palillo, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 611. XLIV. REX
Accidente de trabajo Ley 9688 Recurso extraordinario Remision a precedente Ferrocarriles argentinos Reparacion Responsabilidad del estado Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Costas.

¿Quién es el actor?

Mario Chiste.

¿A quién se demanda?

E.F.A. (Empresa Ferrocarriles Argentinos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo fundado en la ley 9688 (régimen de reparación de accidentes de trabajo).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al Tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostiene que "la cuestión planteada guarda sustancial analogía con la tratada por esta Corte en la causa P.672.XXXVII 'Palillo, Rubén (hoy Palillo, Juan Carlos) c/ Ejército Argentino', sentencia del 17 de mayo de 2005 (Fallos: 328:1553), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

Los jueces Fayt, Zaffaroni y Argibay remiten a sus respectivos votos en el precedente citado, y los jueces Petracchi y Maqueda remiten al voto en disidencia que allí suscribieron. (Nota: la remisión de Petracchi y Maqueda corresponde a su posición en el precedente citado y no a la decisión de mayoría de esta causa).

Normas que cita

  • Ley 9688

Fallos que cita

  • Palillo, Rubén (hoy Palillo, Juan Carlos) c/ Ejército ArgentinoCSJN · 17/05/2005 · Fallos 328:1553

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