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Corte Suprema

BARDAGI DE BRESSAN ELVIRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que reajustó el haber previsional de la actora y declaró desierto su recurso ordinario, al tiempo que admitió el recurso de la ANSeS. Remitió a los precedentes Perletto, Aguilar, Giusio y Torres Brizuela para resolver los agravios sobre limitación de recursos, tasa de intereses, prescripción y modalidades de cumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 4102. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Haber jubilatorio Anses Limitacion de recursos Tasa de intereses Prescripcion liberatoria Ley 24.463 Recurso ordinario Memorial Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Elvira Bardagi de Bressan.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró desierto el recurso ordinario de la actora (no presentó memorial exigido por el art. 280, segundo párrafo, CPCCN), declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir".

Considerando 3°: los agravios sobre la tasa de intereses "guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos".

Considerando 4°: los planteos sobre la prescripción liberatoria (art. 82, ley 18.037, modificado por ley 24.463) "han recibido adecuada respuesta en el precedente... 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, por lo que deben ser desestimados". El juez Boggiano se remite a su disidencia en ese precedente.

Considerando 5°: los restantes agravios "suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir".

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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