BLANCO JOSE MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor José Manuel Blanco reclamó el recálculo de su haber jubilatorio y el reajuste de sus haberes por aplicación de las pautas de movilidad. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente su recurso ordinario y confirmó la sentencia apelada que había ordenado el recálculo y el reajuste, remitiendo a los precedentes Chocobar, Heit Rupp y González y a la constitucionalidad de la ley de solidaridad previsional ya resuelta en Arena y Schiariti.
¿Quién es el actor?
José Manuel Blanco.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, en particular recálculo del haber inicial y pautas de movilidad.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se confirmó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había ordenado el recálculo del haber inicial y el reajuste de los haberes, declarado la inaplicabilidad del art. 55 de la ley 18037, diferido el tratamiento de las cuestiones del art. 16 de esa norma e impuesto las costas por su orden. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos del apelante relacionados con las pautas de la movilidad sólo expresan su disconformidad con el criterio que surge de los precedentes citados por el a quo y encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en los antecedentes publicados en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'); 322:2226 ('Heit Rupp') y 323:555 ('González'), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir."
"Las objeciones constitucionales formuladas respecto de los arts. 16, 21, 22 y 23 de la ley de solidaridad previsional han sido examinadas y resueltas por esta Corte en los precedentes de Fallos: 324:2360 ('Arena') y 323:1861 ('Schiariti'), y en las causas I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' y P.822.XXXVI. 'Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', falladas con fecha 17 de abril de 2001 y 5 de febrero de 2002, respectivamente, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
el juez Belluscio se remitió a su disidencia en "Chocobar" y el juez Fayt compartió la interpretación del art. 19, segunda parte, de la ley 24.463 en "González", remitiéndose a su disidencia en "Chocobar", a su voto concurrente en "Heit Rupp" y a las consideraciones finales de la disidencia de Belluscio en "González". Ambos votaron en disidencia respecto de la decisión mayoritaria.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 18037arts. 55, 16 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 25.344arts. 6, 16, 21, 22, 23 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
- Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
- GonzálezCSJN · Fallos 323:555
- ArenaCSJN · Fallos 324:2360
- SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 05/02/2002
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