ARIAS BENITO ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había reajustado los haberes de un jubilado, con el alcance fijado en el precedente Domínguez. La mayoría desestimó los agravios sobre inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad, los topes de haberes y la movilidad de la ley 18.037, remitiendo a precedentes del Tribunal.
¿Quién es el actor?
Benito Andrés Arias (titular del beneficio previsional).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (reajustes varios), con cuestionamientos a la movilidad de la ley 18.037, a la ley de convertibilidad 23.928, al sistema de haberes máximos, a la extensión de la movilidad hasta la ley 24.241 y a la prescripción.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de la causa "Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad" (remisión), con costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Que corresponde desestimar los agravios del actor vinculados con la validez constitucional de los arts. 49 y 53 de la ley 18.037 por carecer de fundamento, ya que no se hacen cargo de que la alzada sustituyó la pauta legal de determinación del haber mediante la remisión que efectúa al precedente 'Rúa, Ángel' dictado por la misma sala, que no contempla la utilización de los coeficientes e índices de corrección que el apelante critica."
Considerando 4°: "Que la tacha de inconstitucionalidad formulada contra la ley de convertibilidad carece de fundamento pues la movilidad de las prestaciones jubilatorias correspondientes al período posterior a la fecha de su vigencia no se rige por sus disposiciones sino por la ley 24.463."
Considerando 5°: "Que las objeciones de orden constitucional dirigidas contra el sistema de haberes máximos encuentran, en el caso, adecuada respuesta en la causa P.640.XXVI. 'Panizza, Alfredo José c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallado con fecha 7 de abril de 1998, en cuanto allí se estableció que la ausencia de prueba del menoscabo concreto que podría haber ocasionado la aplicación de los topes obstaba a la declaración de inconstitucionalidad de las normas que rigen la materia..."
Considerando 7°: "Que los agravios de las partes relacionados con la prescripción y la tacha de inconstitucionalidad formulada por la actora contra la ley 21.864 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas por el Tribunal en la causa D.37.XXXVII. 'Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada el 24 de abril de 2003, a la que corresponde remitir por razón de brevedad."
Considerando 8°: "Que las objeciones del organismo previsional relacionadas con el método fijado por el a quo para determinar la movilidad de la prestación resultan sustancialmente análogas a las resueltas por la Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
¿Cómo votaron los jueces?
los jueces Fayt y Belluscio se remiten a sus disidencias en "Chocobar" (Fallos: 319:3241), sin integrar la mayoría en esa cuestión.
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Normas que cita
- Ley 18.037arts. 49, 53, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 21.864Aportes y deudas previsionales
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Rúa, ÁngelCámara Federal de la Seguridad Social, Sala I
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
- Panizza, Alfredo José c/ INPSCSJN · 07/04/1998
- GonzálezCSJN · Fallos 323:555
- Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/04/2003
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
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