SPINELLI HILDA RAMONA c/ PEN LEY 25561 DTOS 1570/01 214/02 s/AMPARO
El amparo promovido por una tenedora de certificados de depósito a plazo fijo y bonos de la deuda pública contra el Estado Nacional y el Citibank N.A. por la aplicación de la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó parcialmente sin efecto la sentencia apelada y reconoció el derecho de la actora al reintegro de sus depósitos convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos de la causa Massa.
¿Quién es el actor?
Hilda Ramona Spinelli.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (PEN), Banco Central de la República Argentina y Citibank N.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de amparo contra la aplicación de la ley 25.561 y los decretos 1570/01, 214/02 y 471/02, y el art. 62 de la ley 25.725, reclamando el reintegro de dos certificados de depósito a plazo fijo en el Citibank y el pago de bonos de la deuda pública. La sentencia de primera instancia había hecho lugar al amparo y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I, lo confirmó.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios del Estado Nacional, el BCRA y el Citibank; dejó parcialmente sin efecto la sentencia apelada en cuanto a los bonos (considerando 3°, por falta de agravio expreso sobre el decreto 471/02, quedando firme la inconstitucionalidad declarada) y limitó el examen al reintegro de los dos certificados de depósito. Reconoció el derecho de la actora a obtener del Citibank el reintegro de sus depósitos convertidos a $1,40 por dólar, ajustados por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas abonadas durante el pleito y en cumplimiento de cautelares, y excluyendo los supuestos de extinción de la obligación por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado y en las anteriores se mantiene lo decidido por el tribunal a quo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el tribunal sostuvo que "las decisiones del tribunal a quo que no hubieran sido objeto de agravio expreso por parte del recurrente han de considerarse firmes e insusceptibles de revisión en la instancia extraordinaria (Fallos: 313:1297, entre otros)". Respecto de los bonos señaló que en los recursos del Estado Nacional y el BCRA "no se expuso agravio alguno en relación a la declarada inconstitucionalidad del decreto 471/02", y que las críticas "se encuentran claramente dirigidas a defender la validez de las normas que delinearon el régimen de los depósitos bancarios en el marco de la emergencia declarada por la ley 25.561". Sobre los depósitos afirmó: "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913) a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad". El juez Fayt se remitió a su voto en "Piriz" (Fallos: 330:331).
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Normas que cita
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Decreto 471
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 25.725art. 62 · Ley de presupuesto
Fallos que cita
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