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Corte Suprema

VETROMILE RAMON PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un jubilado demandó a la ANSeS por reajustes de su haber jubilatorio. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, revocó la sentencia de la alzada por haber resuelto extra petita y confirmó la tasa de interés fijada conforme al precedente Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 1068. XL. ROR
Recurso ordinario Reajuste jubilatorio Extra petita Movilidad del haber Tasa pasiva de interes Consolidacion de deudas previsionales Inconstitucionalidad Ley 26.153 Anses Seguridad social.

¿Quién es el actor?

Ramón Pedro Vetromile.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber jubilatorio según las pautas fijadas en primera instancia, exclusión de la consolidación de deudas previsionales y declaración de inconstitucionalidad de las leyes 25.827, 23.982 y 25.344.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por el actor y por la ANSeS; se confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés, en concordancia con "Spitale", y se la revocó con el alcance del considerando 21, por haber la cámara modificado sin planteo de parte lo decidido en primera instancia sobre las pautas del haber inicial y su movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2° (extra petita): "al resolverse en primera instancia sobre las pautas para la determinación del haber inicial y su posterior movilidad, la decisión de la alzada que modificó sin planteo de parte lo decidido al respecto, excede su ámbito de su jurisdicción y debe ser revocada".

Considerando 3°: "los planteos del demandante dirigidos a que se lo excluya de la consolidación de deudas previsionales y a obtener la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 25.827, 23.982 y 25.344, no pueden prosperar pues la parte no ha logrado demostrar el perjuicio concreto y actual que la aplicación de dichas normas le podrían ocasionar". Se agrega que "el peticionario podrá invocar en la etapa de ejecución las disposiciones legales o reglamentarias que le acuerden un derecho preferente de cobro".

Considerando 4°: las críticas de la ANSeS sobre la tasa pasiva de interés "encuentran adecuada respuesta en lo resuelto en la causa 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir por razón de brevedad".

Considerando 5°: resulta abstracto el tratamiento de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 23 fue derogado por la ley 26.153, y el cumplimiento deberá efectuarse en el plazo previsto por esta última (art. 21).

Considerando 6°: los restantes cuestionamientos de la ANSeS "no se refieren a aspectos específicos del fallo apelado, por lo que carecen del requisito de fundamentación".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Giacco, Gladys Emilce c/ ANSeS s/ prestaciones variasCSJN · 18/11/2008
  • Fallos 325:2774CSJN
  • Fallos 329:4659CSJN
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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