SPRINBERG JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró desierto el recurso ordinario del Ministerio Público por no haber presentado memorial y declaró procedente el recurso de la ANSeS en un reclamo de reajuste previsional. Confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente Perletto y la revocó con el alcance del precedente Arena, remitiendo a esos fundamentos por razones de brevedad.
¿Quién es el actor?
José Sprinberg.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales, en el marco de la sentencia de reajuste previsional y de la discusión sobre el plazo y las modalidades de su cumplimiento.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró desierto el recurso ordinario interpuesto por el Ministerio Público, declaró procedente el recurso de la ANSeS, confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en el fallo "Perletto" y la revocó con el alcance que surge del fallo "Arena". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Considerando 2°: "Que los agravios de la ANSeS vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ('Arena'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
Considerando 3°: "no obstante haberse notificado al Ministerio Público de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley Solidaridad Previsionalart. 21
Fallos que cita
- Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
- Arena, AlfredoCSJN · Fallos 324:2360
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