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Corte Suprema

CSEPREGI HUGO JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS por reajustes de su haber jubilatorio, cuestionando la movilidad aplicada, la tasa de interés y la constitucionalidad del art. 16 de la ley 24.463. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso ordinario del actor y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a la doctrina de los precedentes Chocobar, Perletto, Arena, Schiariti e Iglesias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1523. XXXVI. ROR
Movilidad previsional Ley 24.463 Ley de solidaridad previsional Reajuste de haberes Tasa de interes Inconstitucionalidad art. 16 Costas por su orden Recurso ordinario Anses Precedente chocobar.

¿Quién es el actor?

Hugo Juan Csepregi.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular el sistema de movilidad, la tasa de interés aplicable y la constitucionalidad de los arts. 16, 17, 21, 22 y 23 de la ley de solidaridad previsional (ley 24.463).

¿Qué se resolvió?

la Corte, por mayoría, declaró procedente el recurso ordinario interpuesto por el actor y confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos del apelante relacionados con las pautas de la movilidad sólo expresan una mera discrepancia con el precedente publicado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar') al que remitió el a quo para resolver el ajuste que corresponde a partir del 1° de abril de 1991, sin que se hayan dado razones que justifiquen apartarse de aquella doctrina."

"Las objeciones constitucionales formuladas respecto de los arts. 16, 17, 21, 22 y 23 de la ley de solidaridad previsional han sido examinadas y resueltas por esta Corte en los antecedentes de Fallos: 325:98 ('Perletto'); 324:2360 ('Arena') y 323:1861 ('Schiariti'), y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ A.N.Se.S. s/ reajustes por movilidad' fallada con fecha 17 de abril de 2001, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 21, 22, 23, 19 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ A.N.Se.S. s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001

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