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Corte Suprema

VLADIMIRSKY VIVIANA ISABEL s/SUPRESION DE DOCUMENTO PUBLICO S/ QUEJA POR DENEG. DEL REC. DE INCONST.

El recurso extraordinario federal interpuesto por Viviana Isabel Vladimirsky contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad por una condena por supresión de documento público. El Procurador General dictaminó que corresponde hacer lugar al recurso por afectación de la imparcialidad objetiva, dado que dos de los jueces que confirmaron la condena ya habían intervenido al confirmar el auto de procesamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 448. XLIV. REX
Imparcialidad objetiva Doble instancia Debido proceso Supresion de documento publico Procesamiento Recurso extraordinario federal Arbitrariedad Garantia constitucional Nulidad absoluta Prejuzgamiento.

Actor/Recurrente: Viviana Isabel Vladimirsky (condenada).

Demandado/Parte contraria: Ministerio Público y actores civiles; el recurso se dirige contra la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe y la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Condena por el delito de supresión de documento público, con pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional y pago de sumas a los actores civiles.

¿Qué se resolvió?

Se propone hacer lugar al recurso extraordinario, dejar sin efecto la resolución del Superior Tribunal provincial y devolver las actuaciones para que dicte nueva resolución conforme a derecho.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"pudo haberse afectado la posibilidad de un reexamen de la condena por parte de los mismos jueces sin prejuzgamiento del caso" (citando Fallos: 329:3034).

Los jueces Amadío y de Olazábal, que integraron la sala que confirmó la condena, habían confirmado previamente el auto de procesamiento, analizando "elementos de prueba colectados" y "elementos integrativos del dolo".

"no parece admisible la postura pregonada por el supremo tribunal provincial, pues la mayoría de los jueces que confirmó el auto de procesamiento de la condenada no reunió la exigencia de imparcialidad objetiva para pronunciarse sobre la sentencia definitiva".

Sobre la extemporaneidad: "se trata de un vicio del procedimiento... que afecta directamente una garantía constitucional, y susceptible de provocar una nulidad absoluta, por lo que no podría ser convalidado (Fallos: 325:2019)".

No se analiza el segundo agravio (arbitrariedad) por haberse concedido el recurso solo respecto del primero, sin queja.

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