PILEGGI ELIDA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la actora contra la ANSeS por reajustes de su haber previsional. El Tribunal confirmó la tasa de interés fijada en Spitale, revocó la sentencia en cuanto a la movilidad conforme a Sánchez y ordenó aplicar el índice de Badaro, descontando los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo cuando estos resultasen en una prestación superior.
¿Quién es el actor?
Elida María Pileggi.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, en particular la determinación del haber inicial, la movilidad de la prestación a partir del 11 de abril de 1991 y la tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso ordinario; se confirmó la sentencia apelada en lo relativo a la tasa de interés; se revocó en cuanto a la movilidad, disponiendo que esta se practique según el índice fijado en "Badaro", con descuento de los incrementos por decretos del Poder Ejecutivo si estos arrojaran una prestación superior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"las objeciones de la titular vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."
"las impugnaciones vinculadas con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en la causa 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
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