CRUZ MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Miguel Ángel Cruz reclamó a la ANSeS el reajuste de su haber previsional por movilidad y la redeterminación del haber inicial. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios, revocó la sentencia en cuanto aplicaba una quita porcentual al haber, siguiendo los precedentes Sánchez y Pellegrini, y confirmó el resto conforme a Spitale, ordenando el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Miguel Ángel Cruz.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, incluyendo la movilidad establecida por la ley 18.037, la redeterminación del haber inicial y la aplicación de la ley 23.928 (convertibilidad).
¿Qué se resolvió?
se declararon parcialmente procedentes los recursos ordinarios de ambas partes; se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en "Sánchez" y "Pellegrini"; se la confirmó de acuerdo a "Spitale" (tasa de interés); se declaró desierto el agravio sobre el art. 82 de la ley 18.037; y se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "los agravios de la actora referentes a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal en el precedente 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, solución que exime de tratar el planteo de inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad citada."
Considerando 3°: "las objeciones referentes a la aplicación de una quita porcentual en el haber de la prestación, suscitan el examen de cuestiones que han sido resueltas en la causa 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525), por lo que corresponde revocar la sentencia apelada con dicho alcance."
Considerando 4°: "las críticas de la accionante respecto de la aplicación del art. 82 de la ley 18.037, no guardan relación con lo decidido en la causa, pues el juez de primera instancia no hizo lugar a la defensa opuesta por la demandada y ordenó que las retroactividades le fueran abonadas desde el otorgamiento del beneficio. Tal circunstancia obsta al tratamiento del remedio intentado sobre el punto y lleva a declarar su deserción."
Considerando 5°: "los planteos de ambas partes, vinculados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
Considerando 6°: "las objeciones de la demandada relacionadas con la vieja redacción del art. 22 de la ley 24.463 han devenido abstractas pues su texto ha sido modificado por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (confr. art. 21)."
Considerando 7°: los restantes agravios del organismo previsional "no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 19, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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