JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GALLEGUILLO PASCUAL DOROTEO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia que había reconocido a un jubilado la aplicación de una quita porcentual posterior al 31 de marzo de 1991, siguiendo el precedente Pellegrini. Confirmó además la sentencia en lo relativo a la tasa de interés, remitiendo al criterio fijado en Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 565. XL. ROR
Quita porcentual Reajuste previsional Haber jubilatorio Anses Tasa pasiva de interes 31 de marzo de 1991 Precedente pellegrini Precedente spitale Recurso ordinario Seguridad social

¿Quién es el actor?

Pascual Doroteo Galleguillo.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios interpuestos; se revocó la sentencia apelada en cuanto a la quita porcentual aplicada con posterioridad al 31 de marzo de 1991, con el alcance que surge de "Pellegrini" (Fallos: 329:5525); y se confirmó la sentencia en lo referido a la tasa pasiva de interés, de acuerdo con "Spitale" (Fallos: 327:3721).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las objeciones del actor, referentes a la aplicación de una quita porcentual en el período posterior al 31 de marzo de 1991, suscitan el examen de cuestiones que han sido resueltas en el antecedente 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525), por lo que corresponde revocar la sentencia apelada con dicho alcance."

"Que los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir."

La remisión a precedentes es el único fundamento desarrollado en el fallo; no se enuncian argumentos propios adicionales.

Fallos que cita

  • PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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