BETTATI OSVALDO AMILCAR c/ PEN -DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986
Los ahorristas promovieron amparo contra el Estado Nacional por la indisponibilidad de sus depósitos bancarios (corralito). La Corte Suprema dejó abstracto el recurso del Banco Nazionale del Lavoro, modificó las sentencias apeladas conforme a los precedentes Massa y Rodríguez, Ramona, y revocó la condena respecto de los fondos comunes de inversión, rechazando la demanda en esa parte.
¿Quién es el actor?
Osvaldo Amilcar Bettati, Teresa Lucía Azolina de Bettati y María Inés Bettati.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional (decretos 1570/01 y 214/02) y, como terceros recurrentes, Banco Río de la Plata S.A., Banco Central de la República Argentina y Banca Nazionale del Lavoro S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo contra la restricción para disponer de depósitos bancarios y de fondos comunes de inversión.
¿Qué se resolvió?
el recurso extraordinario del BNL se declara inoficioso por acuerdo de fs. 529; se modifican las sentencias apeladas según "Massa" y "Rodríguez, Ramona", para que el tribunal a quo determine el crédito del actor; en cuanto a los fondos comunes de inversión se revoca lo decidido por el a quo y se rechaza la demanda según "Mata Peña"; las costas se distribuyen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que con relación a los depósitos bancarios que no han sido desafectados por los actores, los jueces Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay estiman que resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), precedente al que se remiten por razones de brevedad. El juez Fayt comparte tal criterio, y se remite asimismo a las consideraciones expuestas en su voto en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."
"En lo referente a los depósitos bancarios que han sido desafectados con anterioridad a que se promovieran las presentes acciones de amparo, y teniendo en cuenta las circunstancias que se presentan en los sub examine, los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay consideran que resulta aplicable la doctrina establecida en la causa 'Rodríguez, Ramona' (Fallos: 331:901), a cuyos fundamentos se remiten. El juez Fayt se remite a su respectivo voto emitido en la mencionada causa. Por su parte, la jueza Highton de Nolasco se remite, en lo pertinente, a los fundamentos expresados en el caso 'Cabrera' (Fallos: 327:2905)."
"En lo que respecta a los fondos comunes de inversión resulta aplicable en las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa 'Mata Peña' (Fallos: 330:5111), a la que asimismo corresponde remitirse en lo pertinente."
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Normas que cita
Fallos que cita
- MassaCSJN · Fallos 329:5913
- PirizCSJN · Fallos 330:331
- Rodríguez, RamonaCSJN · Fallos 331:901
- CabreraCSJN · Fallos 327:2905
- Mata PeñaCSJN · Fallos 330:5111
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